Convocatoria abierta de 61 plazas para el Cuerpo General de la Policía de Canarias

La Comunidad Autónoma de Canarias ha lanzado una convocatoria para cubrir un total de 61 plazas en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1).

Este proceso selectivo se lleva a cabo bajo la modalidad de oposición y está dirigido al acceso mediante el Turno Libre.

Plazas Disponibles y Vinculación

La convocatoria ofrece un total de sesenta y una (61) plazas en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1). Aquellos que logren acceder a estas plazas disfrutarán de una vinculación fija, brindando estabilidad laboral en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Requisitos y Titulación Necesaria

Para participar en este proceso selectivo, es fundamental cumplir con los requisitos establecidos. La titulación requerida se detalla en el siguiente enlace: Titulación Requerida. Se recomienda a los aspirantes revisar cuidadosamente estos requisitos antes de presentar su solicitud.

Organismo Convocante y Fechas Importantes

La Comunidad Autónoma de Canarias es la entidad encargada de llevar a cabo esta convocatoria. La fecha de convocatoria se fijó el 22 de noviembre de 2023, y el plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el 22 de diciembre de 2023.

Cómo Participar: Procedimiento y Plazo

Quienes aspiren a formar parte del proceso selectivo deberán seguir el procedimiento establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud debe realizarse exclusivamente a través del formulario específico de este procedimiento, disponible en la sede electrónica y punto general de acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en la siguiente página web: Sede Electrónica del Gobierno de Canarias.

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte (20) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución.

Acceso a la Convocatoria Completa

Para acceder a todos los detalles y bases de la convocatoria, se proporciona el enlace directo al anuncio oficial: Convocatoria – Boletín Oficial de Canarias.

Programa

BLOQUE I. GENERAL.

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Los Principios Constitucionales y los valores superiores del Ordenamiento Jurídico Español. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

Tema 2. La Corona: posición constitucional y funciones del Rey. El refrendo y sus formas.

Tema 3. Las Cortes Generales: funciones del Congreso y del Senado.

Tema 4. El Poder Judicial: la organización judicial española. Funciones y competencias.

Tema 5. El Gobierno: composición y funciones.

Tema 6. La Administración General del Estado: organización.

Tema 7. La Administración territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Tema 8. La Administración local, la provincia, el municipio, otras entidades locales.

Tema 9. El Estatuto de Autonomía de Canarias. Contenido. Posición del Estatuto en el Sistema de fuentes.

Tema 10. El Parlamento de Canarias: naturaleza, régimen jurídico. Funciones. El Gobierno de Canarias: composición y funcionamiento. El Presidente del Gobierno de Canarias: naturaleza y funciones.

Tema 11. El Diputado del Común: funciones. La Audiencia de Cuentas de Canarias: funciones. El Consejo Consultivo: funciones.

Tema 12. Procedimiento administrativo: concepto y naturaleza jurídica. Especial referencia a materia sancionadora. Recursos administrativos.

Tema 13. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración Pública. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Tema 14. Organización administrativa de Canarias I: principios estatutarios y legales de organización administrativa. Reglamentos orgánicos. Sede de los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Consejerías: estructura.

Tema 15. Organización administrativa de Canarias II: Órganos directivos. Órganos territoriales. Las Unidades administrativas.

Tema 16. Las Islas y la Comunidad Autónoma de Canarias: la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares: naturaleza y competencias de los Cabildos Insulares.

Tema 17. La Ley 7/2015, de 1 de abril, de municipios de Canarias: autonomía municipal y competencias municipales.

Tema 18. Las Instituciones de la Unión Europea: el Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia. Canarias en la Unión Europea. Fuentes del Derecho Comunitario.

Tema 19. El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal: regulación. Conceptos y principios en el tratamiento de los datos personales.

Tema 20. La Ley de Función Pública Canaria. Derechos de los funcionarios. Deberes y responsabilidades. Situaciones. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Régimen de incompatibilidades.

Tema 21. La prevención de riesgos laborales: régimen jurídico. Órganos de control de las medidas de prevención de riesgos en el trabajo. Responsabilidades y sanciones. La prevención de riesgos laborales en el Cuerpo General de la Policía Canaria.

Tema 22. La responsabilidad patrimonial de la Administración pública. Régimen jurídico. El procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración. La responsabilidad de las Autoridades y funcionarios.

Tema 23. Ortografía de la lengua española. Reglas ortográficas. Uso de las letras o grafemas. Uso de la tilde, de los signos ortográficos y de las letras mayúsculas y minúsculas.

BLOQUE II. ESPECÍFICO.

Tema 24. Normativa sobre los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: disposiciones generales. Principios básicos de actuación. Disposiciones estatutarias comunes. Policía de las Comunidades Autónomas. Colaboración entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas: los órganos de coordinación. Las Policías Locales.

Tema 25. El sistema canario de seguridad y emergencias. Estructura, principios básicos y contenidos fundamentales. Los planes de emergencias: conceptos y contenidos básicos. Órganos de coordinación de emergencias: funciones. CECOES 1-1-2 Centro de Coordinación de Emergencias y Seguridad. La Dirección General de Seguridad y Emergencias.

Tema 26. La Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria: Escalas y empleos. Jefatura del Cuerpo. Acceso y promoción. Formación. Puestos de trabajo y provisión. Segunda actividad.

Tema 27. La Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria: régimen estatutario: derechos y deberes. El régimen disciplinario.

Tema 28. El Decreto 77/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Cuerpo General de la Policía Canaria: disposiciones generales. Organización y funcionamiento. Armamento y uso.

Tema 29. El Decreto 77/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Cuerpo General de la Policía Canaria: régimen estatutario: derechos y deberes. El régimen disciplinario.

Tema 30. Reglamento de armas y explosivos: licencias de armas. Clasificación y documentación.

Tema 31. Derecho penal: concepto. Principios informadores del derecho penal. Código Penal: estructura y contenido. La infracción penal. Concepto de delito. Grados de ejecución del delito. Personas criminalmente responsables. Las consecuencias jurídicas de la infracción penal. Vigencia temporal y espacial de la Ley Penal. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Tema 32. Homicidio y asesinato. Lesiones. Delitos contra la libertad. Torturas y otros delitos contra la integridad moral. Trata de seres humanos. Delitos contra la libertad e indemnidad sexual. La omisión del deber de socorro.

Tema 33. Delitos contra la intimidad. Delitos contra el honor. Delitos contra las relaciones familiares. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

Tema 34. Delitos contra la seguridad colectiva: tráfico ilícito de drogas y seguridad vial. Delitos contra la administración pública. Delitos contra el orden público.

Tema 35. Noción de Derecho procesal penal. Los órganos de la jurisdicción penal. Formas de iniciación del proceso penal: denuncia. El atestado policial. La detención. El procedimiento de habeas corpus. El Ministerio Fiscal: investigación preprocesal. La Policía Judicial.

Tema 36. El sumario: objeto. Principales diligencias sumariales. Procedimiento abreviado: ámbito, objeto y competencia. Actuación policial. Procedimiento para enjuiciamiento rápido de determinados delitos. Actuación policial. Delitos leves.

Tema 37. Regulación de la responsabilidad penal del menor. Ámbito de aplicación. Fiscalía de Menores y Juzgados de Menores, competencias. La actuación policial con menores.

Tema 38. Marco normativo y actividades encaminadas para la protección en igualdad efectiva entre mujeres y hombres: principio de igualdad y tutela contra la discriminación. Políticas públicas canarias para la promoción de la igualdad de género.

Tema 39. Medidas de protección integral contra la violencia de género: derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

Tema 40. Normativa sobre protección de la seguridad ciudadana. Disposiciones generales. Documentación e identificación personal. Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana. Régimen sancionador: sujetos responsables, órganos competentes y reglas generales sobre las infracciones y la aplicación de las sanciones. Procedimiento sancionador.

Tema 41. La protección y tutela de menores en el marco de la Comunidad Autónoma de Canarias. Normativa reguladora.

Tema 42. Ordenación del turismo en Canarias: infracciones y sanciones. Transporte terrestres en vías interurbanas y transporte marítimo interinsular: Inspección. Infracciones y sanciones.

Tema 43. Patrimonio histórico-artístico de Canarias. Los pueblos aborígenes de Canarias. Actuaciones para su defensa y conservación. Protección del medio ambiente y recursos naturales: infracciones y sanciones. Conservación de los ecosistemas en Canarias. Parques Nacionales.

Tema 44. El territorio de Canarias. El hecho insular. Actividades económicas en Canarias. Transformaciones demográficas, culturales y económicas.

Tema 45. Partes y funciones básicas de un ordenador. Procesador de textos Microsoft Word: elementos básicos. Introducción a las redes informáticas y tipos. Internet e Intranet.

Prueba de aptitud física

A) Prueba de natación: adaptación al medio acuático (50 metros estilo libre).

Esta prueba tiene por objeto medir la velocidad de desplazamiento en el medio acuático de la persona aspirante.

Desarrollo: la persona aspirante se colocará a indicación del controlador frente al poyete o desde el borde de la piscina, a la voz de “listos” se colocarán en posición de salida (piernas flexionadas y tronco flexionado hacia delante). La señal de salida se efectuará mediante un toque largo de silbato, tras lo cual los aspirantes se lanzarán al agua. Una vez en el agua realizarán la distancia de 50 metros a estilo libre lo más rápidamente posible sin salirse de su calle. La prueba concluirá cuando la persona aspirante toque claramente la pared de llegada, no saliendo de la piscina hasta que llegue el último participante de la prueba.

Si el Juez-Árbitro decide que la salida es falsa, hará sonar su silbato repetidamente, contabilizándole una amonestación por “nulo” a la persona aspirante que erró en su salida.

Valoración: se anota el tiempo que tarde en recorrer la distancia estipulada expresándose en segundos y centésimas, considerándose no aptos aquellas personas que no alcancen las marcas mínimas o incumplan alguno de los requisitos de realización de la prueba.

Observaciones y penalizaciones: se permitirán dos intentos, solo en el caso de no superar las marcas mínimas en el primer intento, realizándose el segundo intento cuando los asesores de las pruebas físicas establezcan como tiempo de recuperación. La prueba será invalidada en los siguientes casos:

• Utilizar cualquier elemento auxiliar que considere el tribunal previamente a la realización de la prueba que aumente su velocidad o ayude en el nado.

• Cuando en algún momento del recorrido, la persona aspirante se apoye para descansar o tomara impulso en algún lugar tales como corcheras o bordes.

• Cuando en algún momento del recorrido la persona aspirante toque o descanse con los pies en el fondo.

• Cuando realice una misma persona aspirante dos salidas falsas, por lo que acumule dos amonestaciones.

• No finalizar la prueba en la misma calle de salida.

Material: cronómetro digital y silbato y piscina de 50 metros con sus calles bien delimitadas o, en su defecto, piscina de 25 metros con sus calles delimitadas (por lo que las personas aspirantes se verían obligadas a realizar un viraje).

Marcas y puntuaciones: para considerar superada la prueba se tendrá que alcanzar las marcas determinadas en la siguiente tabla de baremos:

Ver anexo en las páginas 57425-57425 del documento Descargar

B) Salto Horizontal.

Tiene por objeto medir la fuerza explosiva de la musculatura extensora del tren inferior.

Desarrollo: la persona aspirante se situará detrás de una linea sin pisarla con los pies a la misma altura y ligeramente separados. Desde esta posición se realizará un salto hacia delante lo más lejos posible a base de un movimiento explosivo de extensión de caderas, rodillas y tobillos, ayudándose con un lanzamiento de brazos en la misma dirección. Se cae sobre la planta de los pies permitiéndose apoyar cualquier parte del cuerpo con posterioridad.

Valoración: se anota en metros y centímetros la distancia alcanzada obviándose los milímetros, redondeando siempre hacia el número entero inferior, teniéndose en cuenta que se mide perpendicularmente desde la huella mas cercana de la línea de salida hasta la línea de batida o su prolongación, siendo el mínimo el que refleja la tabla de baremos, considerándose no aptos aquellas personas aspirantes que no alcancen las distancias mínimas o incumplan alguno de los requisitos de realización de la prueba.

Observaciones y penalizaciones: se permitirán dos (2) intentos. En caso de superar la prueba en el primer intento, se dará como apta la misma, no pudiéndose hacer uso del segundo para mejorar la marca conseguida. No se permitirá utilizar zapatillas con clavos metálicos para esta prueba. Estará permitido el balanceo de pies, de talón a metatarso sin perder el contacto con el suelo antes de la realización del salto, siendo invalidada la prueba en los siguientes casos:

– Pisar la línea de salida, incluyendo la puntera del calzado en el momento de despegue.

– Tomar impulso con un solo pie.

– Tomar impulso con una carrera previa.

– Abandonar el foso de salto retrocediendo hacia la parte donde saltó.

– Durante la caída, toca el suelo fuera del foso mas cerca de la línea de batida que la marca más próxima hecha en la arena.

– No superar el mínimo establecido.

Ver anexo en la página 57426 del documento Descargar

Material: foso de arena de salto de longitud, cinta métrica y allanador para la arena.

Marcas y puntuaciones:

Ver anexo en la página 57426 del documento Descargar

C) Flexiones de brazos para hombres – Flexión brazos mantenida para mujeres.

Tiene por objetivo medir la fuerza resistencia relativa de la musculatura flexora del tren superior.

Desarrollo para los hombres: el aspirante se colocará en suspensión completa agarrado a una barra fija paralela al suelo con las palmas al frente, es decir, en pronación, y con total extensión de brazos. La separación de las manos será ligeramente superior a la anchura de los hombros. Desde esta posición de partida, el sujeto realizará el mayor número de flexiones de brazos, asomando la barbilla por encima de la barra y extendiendo completamente los codos al volver ala posición inicial.

Desarrollo para las mujeres: la aspirante se colocará en la siguiente posición, intentando mantenerla el mayor tiempo posible; los brazos flexionados con presa de manos con palmas hacia atrás. Las piernas completamente extendidas y sin tocar el suelo. La barbilla por encima de la barra y sin tener contacto con ella.

Valoración para los hombres: se anotará el número de flexiones completas realizadas en un solo intento, considerándose no aptos aquellos que no alcancen las marcas mínimas.

Valoración para las mujeres: se anotará el tiempo, en segundos, que ha sido capaz de mantenerse en la posición descrita también en un solo intento, considerándose no apta aquellas que no alcancen las marcas mínimas.

Observaciones y penalizaciones para los hombres: no se contará como repetición las siguientes actuaciones:

• Realizar un balanceo del cuerpo para ayudar la flexión que supero 0,5 metros.

• Ayudarse con las piernas durante la flexión.

• No sobrepasar la barbilla completamente por encima de la barra.

• No extender completamente los codos al volver a la posición inicial.

• Realizar una hiper-extensión de la musculatura extensora del cuello al fin de lograr asomar la barbilla por encima de la barra sin haber logrado una flexión total del codo.

Observaciones y penalizaciones para las mujeres: el tiempo empezará a contar una vez la aspirante se encuentre en la posición reglamentaria, con la barbilla por encima de la barra y el cuerpo en suspensión; el cronómetro se parará cuando la aspirante baje la barbilla del nivel de la barra o se apoye con ella sobre dicha barra. No se permitirá que el cuerpo se balancee, ni mover las manos de la posición inicial de agarre.

Material: barra fija situada a una altura entre 2,15 y 2,50 metros, paralela y bien fijada al suelo. Taburete o similar por si alguien lo necesitase para colgarse de la barra. Cronómetro. No se permite par la realización de esta prueba el uso de guantes protectores, esponjas, o algún elemento similar, salvo protección de heridas abiertas.

Ver anexo en las páginas 57428-57429 del documento Descargar

Marcas y puntuaciones:

Ver anexo en la página 57429 del documento Descargar

D) Resistencia Aeróbica (test de Cooper).

Tiene como objetivo medir la resistencia aeróbica del aspirante.

Desarrollo: consiste en correr durante un periodo de doce (12) minutos la mayor distancia posible en un espacio plano y con una distancia delimitada (pista de atletismo). Las personas aspirantes serán organizadas en grupos de número no superior a 10 personas, situándose a indicación de la persona que controle la prueba, detrás de la linea de salida. La salida tendrá lugar tras la señal “listos, ya” efectuada por dicha persona.

Cuando falte un minuto para concluir los doce de que consta la prueba, el coordinador de la misma avisará de tal circunstancia a los participantes mediante un megáfono o sistema de megafonía, o mediante señal acordada previamente. El final de la prueba será indicado por el controlador de la misma de igual manera, y cuando esto ocurra, las personas participantes deberán permanecer inmóviles en el lugar en que están hasta que se les indique que pueden abandonarlo (solo podrán caminar o moverse sobre la misma distancia que acabaron, sin aumentarla, desde el interior de la pista hasta la última calle o similar).

Valoración: se anota la marca conseguida por las personas aspirantes en metros, valiéndose para ello de marcas o segmentos de medidas establecidos y expuestos previamente (por ejemplo marcando las distintas distancias establecidas como mínimas para cada baremo). Por ello se aconseja realizar la prueba en una pista de atletismo o, en su defecto, una zona que disponga de medidas estandarizadas a partir de las cuales conocer la distancia recorrida. Se considerarán “No Aptos” aquellos que no alcancen las marcas mínimas reflejadas en la tabla de baremos o incumplan alguno de los requisitos de realización de la prueba.

Observaciones o penalizaciones: se permitirá un solo intento. La prueba será invalidada en los siguientes casos:

• Abandonar voluntariamente la pista durante la carrera no permitiéndose el continuar la carrera.

• Cuando un mismo aspirante realice dos salidas falsas.

• No superar el mínimo establecido.

• Empujar, golpear o intervenir negativamente obstruyendo o impidiendo a otro participante su avance normal. Si durante la carrera se descalifica a un competidor por alguna de estas razones, el Juez-Árbitro tendrá el poder para disponer que se efectúe de nuevo, con la excepción del participante descalificado, o permitir a los participantes afectados por la acción que provocó la descalificación (con la excepción del descalificado), realizar de nuevo la prueba tras su realización por el resto de aspirantes.

Material: pista de atletismo o superficie plana similar, cronómetro y cinta métrica o medidor de distancias, y conos u otro material que sirva de referencia para señalar las distancias mínimas a completar (por ejemplo cada 150 metros para señalar los cambios de puntuación que correspondieran).

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