He conseguido plaza en una oposición: qué pasa ahora y cómo se elige destino
Conseguir plaza no significa empezar a trabajar al día siguiente. Te explicamos qué trámites vienen después, cómo funciona la elección y adjudicación de destino, cuándo llega el nombramiento y qué debes comprobar antes de tomar posesión.

En esta guía
Conseguir una de las plazas de una oposición no significa que al día siguiente empieces a trabajar ni que puedas escoger libremente cualquier destino de la Administración.
Después de la publicación de los resultados todavía pueden quedar varios trámites: presentar documentación, realizar un curso selectivo o periodo de prácticas si lo exige la convocatoria, solicitar los destinos ofertados, recibir el nombramiento y tomar posesión.
El procedimiento concreto cambia según la Administración, el cuerpo y las bases del proceso. Por eso conviene separar lo que establece la normativa general de las reglas particulares de cada convocatoria.
Tener plaza y ser funcionario de carrera no son exactamente lo mismo
Cuando se habla de «haber sacado plaza» normalmente se quiere decir que una persona ha superado el proceso selectivo y se encuentra entre los aspirantes seleccionados para las plazas convocadas.
Jurídicamente todavía puede faltar algún paso.
El artículo 62 del Estatuto Básico del Empleado Público establece cuatro requisitos sucesivos para adquirir la condición de funcionario de carrera:
- superar el proceso selectivo;
- recibir el nombramiento del órgano competente, publicado en el diario oficial correspondiente;
- realizar el acto de acatamiento de la Constitución y, cuando corresponda, del Estatuto de Autonomía y del resto del ordenamiento jurídico;
- tomar posesión dentro del plazo establecido.
Por tanto, aparecer entre las personas que han superado el proceso es decisivo, pero todavía debes seguir las publicaciones posteriores de la Administración.
Es una situación distinta a la de quien aprueba los ejercicios pero se queda fuera del número de plazas. Si estás en ese caso, en Infoposiciones explicamos qué ocurre cuando apruebas una oposición pero no consigues plaza.
Qué suele ocurrir después de conseguir plaza
Aunque no todos los procesos siguen exactamente la misma secuencia, un procedimiento de acceso como funcionario puede tener estas etapas:
| Etapa | Qué debes comprobar |
|---|---|
| Relación de aspirantes seleccionados | Que figuras entre quienes han superado el proceso y con qué puntuación u orden |
| Presentación de documentación | Qué documentos exige la convocatoria y cuál es el plazo |
| Curso selectivo o prácticas | Si forma parte del proceso y debe superarse |
| Oferta de destinos | Qué puestos concretos se ofrecen |
| Solicitud de destinos | Cuántos debes pedir y cómo ordenarlos |
| Adjudicación | Qué puesto te corresponde según las reglas aplicables |
| Nombramiento | Cuándo se publica y en qué diario oficial |
| Toma de posesión | Lugar, documentación y plazo para incorporarte |
No des por supuesto que todos estos trámites se producen siempre en este orden o que tienen los mismos plazos.
La convocatoria, sus bases y las resoluciones que se publiquen posteriormente son las que debes seguir en tu proceso.
Primero tendrás que acreditar que cumples los requisitos
Superar las pruebas no permite saltarse los requisitos de acceso.
El propio artículo 62 del TREBEP dispone que no pueden adquirir la condición de funcionario quienes, una vez terminado el proceso selectivo, no acrediten que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria.
Por eso después de los resultados puede abrirse un plazo para presentar documentación.
No conviene memorizar un plazo y aplicarlo a cualquier oposición. La Administración General del Estado publica orientaciones sobre sus procesos selectivos, pero una oposición autonómica, local, universitaria o perteneciente a un régimen específico puede tener reglas diferentes.
Comprueba siempre la resolución que publica la relación de seleccionados y vuelve a las bases originales de la convocatoria.
¿Puede haber un curso selectivo o un periodo de prácticas antes del nombramiento?
Sí.
Hay cuerpos en los que superar los exámenes no termina todavía el proceso selectivo.
En el ámbito de la Administración General del Estado, el Reglamento General de Ingreso prevé que, cuando la convocatoria establece un curso selectivo o un periodo de prácticas, las personas propuestas sean nombradas funcionarios en prácticas. La superación de esa fase puede ser necesaria para obtener posteriormente el nombramiento como funcionario de carrera.
Esto impide aplicar automáticamente el esquema de una oposición administrativa a cuerpos que incluyen formación posterior, prácticas u otras fases.
Si tu convocatoria menciona un «curso selectivo», «periodo de prácticas» o «funcionario en prácticas», revisa esa parte antes de hacer planes sobre tu incorporación definitiva.
¿Cuándo se elige destino después de aprobar una oposición?
Depende del proceso.
En muchos procesos de funcionarios, la Administración publica o comunica una oferta de destinos después de conocer quiénes han superado la selección. Las personas aprobadas presentan entonces sus preferencias entre los puestos que aparecen en esa oferta.
La idea importante es esta: no eliges entre todos los puestos existentes en la Administración.
Eliges entre los destinos que se hayan ofertado para ese proceso.
En la Administración General del Estado, el Punto de Acceso General explica que, una vez completados los trámites correspondientes, se realiza la oferta de destinos y se concede un plazo para solicitarlos.
El Reglamento General de Ingreso de la AGE también establece, para la asignación inicial, que los puestos se adjudican de acuerdo con las peticiones realizadas entre los destinos ofertados y según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre que se reúnan los requisitos del puesto.
Un ejemplo sencillo
Supongamos que has quedado en el puesto 37 y la Administración ofrece 100 destinos.
Presentas una lista ordenada según tus preferencias:
- Sevilla.
- Córdoba.
- Málaga.
- Madrid.
- Toledo.
- …
Eso no significa que recibirás Sevilla.
Cuando llegue tu turno, algunos de esos puestos pueden haber sido adjudicados a personas situadas por delante de ti. El destino que finalmente recibas dependerá de las vacantes disponibles en ese momento y de las reglas de adjudicación.
Por eso el número de orden obtenido en el proceso puede ser importante incluso cuando todos los aspirantes de la lista han conseguido plaza.
¿Quien saca mejor nota elige primero?
En muchos procesos sí existe una relación directa entre el orden obtenido y la adjudicación del destino, pero es mejor evitar convertir esa idea en una regla universal.
Para los funcionarios de nuevo ingreso en la Administración General del Estado, el artículo 26 del Real Decreto 364/1995 establece la adjudicación conforme a las peticiones de los interesados y al orden obtenido en el proceso selectivo.
Las propias bases pueden concretar el sistema.
Una convocatoria publicada en el BOE, por ejemplo, establecía que los aspirantes debían indicar por orden de preferencia los puestos ofertados y que la adjudicación se realizaría según la petición y el número de orden obtenido en el proceso.
Pero hay que mirar la convocatoria concreta, porque pueden existir particularidades por promoción interna, discapacidad, requisitos específicos de determinados puestos u otras circunstancias previstas normativamente.
Si estás preparando Administrativo del Estado, este punto es especialmente relevante. En nuestro artículo sobre errores frecuentes al preparar Administrativo del Estado explicamos por qué aprobar no significa poder escoger cualquier destino.
¿Puedo saber antes del examen dónde me tocará?
Normalmente no puedes saber cuál será tu destino concreto antes de que llegue el momento de la adjudicación.
Incluso aunque la convocatoria aporte información sobre distribución territorial de plazas, eso no equivale necesariamente a una oferta definitiva de puestos concretos.
Hay que distinguir entre:
- el número de plazas convocadas;
- una distribución territorial orientativa, cuando exista;
- la oferta de destinos que finalmente reciben las personas que han superado el proceso;
- el puesto que termina adjudicándose a cada aspirante.
Confundir estas cuatro cosas puede llevarte a preparar una oposición pensando que una determinada provincia está asegurada cuando no lo está.
Si permanecer en una zona concreta es imprescindible para ti, revisa este aspecto antes de elegir oposición, no cuando ya hayas conseguido plaza.
¿Me puede tocar Madrid aunque prefiera otra provincia?
Puede ocurrir si el proceso tiene destinos repartidos por España y, cuando llega tu turno, no quedan puestos disponibles entre tus preferencias anteriores.
Pero tampoco es correcto afirmar que quien aprueba una oposición estatal «se va a Madrid» necesariamente.
La respuesta depende de los destinos ofertados en ese proceso y del orden de adjudicación.
En cuerpos con presencia territorial amplia pueden aparecer puestos en distintas comunidades y provincias. En otros, buena parte de las vacantes pueden concentrarse en determinados organismos o ciudades.
Antes de sacar conclusiones a partir de convocatorias anteriores comprueba además que estás comparando el mismo cuerpo y turno de acceso. La distribución de una convocatoria pasada sirve como referencia histórica, no como garantía de la siguiente.
¿Y si no quiero el destino que me adjudican?
Aquí conviene ser especialmente prudente.
No aceptar un destino, no presentar una solicitud obligatoria o no tomar posesión dentro del plazo establecido puede tener consecuencias importantes. No existe una respuesta que pueda trasladarse sin más a cualquier proceso.
Debes comprobar:
- las bases de la convocatoria;
- la resolución de oferta de destinos;
- la resolución de nombramiento;
- la normativa de función pública aplicable a esa Administración.
No des por hecho que puedes rechazar el destino y conservar automáticamente la plaza para elegir otro más adelante.
Si el problema es que has aprobado dos procesos distintos, tampoco conviene renunciar a uno de ellos basándote en comentarios informales. La situación administrativa posible después del nombramiento dependerá de las circunstancias y de la normativa aplicable.
¿Cuándo me convierto definitivamente en funcionario de carrera?
Cuando se han cumplido todos los requisitos establecidos en el artículo 62 del TREBEP.
El nombramiento debe publicarse oficialmente y después debes tomar posesión en el plazo correspondiente.
En la AGE, el Punto de Acceso General explica que, realizada la adjudicación, se procede al nombramiento de funcionarios de carrera y que la resolución publicada establece el plazo para tomar posesión del puesto adjudicado.
No confundas, por tanto:
Superar los exámenes → superar el proceso → obtener/adjudicarse una plaza → nombramiento → toma de posesión.
Dependiendo de la convocatoria puede haber además un curso selectivo o un periodo de prácticas entre algunas de estas fases.
¿Cuánto tarda todo después del último examen?
No existe un número de días que sirva para todas las oposiciones.
Entre el último ejercicio y la incorporación pueden intervenir el tribunal, el órgano convocante, la comprobación de requisitos, posibles fases adicionales, la preparación de la oferta de destinos y el nombramiento.
Dos procesos similares pueden tener calendarios diferentes.
Si ya has terminado la oposición, en lugar de calcular la fecha de incorporación a partir de experiencias de convocatorias anteriores, sigue estas fuentes:
- la página del organismo convocante;
- la sede electrónica cuando corresponda;
- el BOE o diario oficial en el que deban publicarse las resoluciones;
- el apartado de seguimiento del proceso selectivo.
Guarda también una copia de las bases. Muchos de los trámites posteriores estaban regulados desde el momento en que solicitaste participar.
¿Cuándo puedo dejar mi trabajo actual?
Conseguir plaza puede hacer que empieces a organizar una mudanza o que quieras comunicar inmediatamente que dejas tu empleo actual. Antes de hacerlo conviene conocer la fecha efectiva en la que tienes que incorporarte.
Una relación de aprobados no es necesariamente lo mismo que una resolución de nombramiento con fecha de toma de posesión.
Si actualmente trabajas fuera de la Administración, revisa también el preaviso que pueda corresponder a tu relación laboral. La normativa del proceso selectivo y tus obligaciones en tu empleo actual son cuestiones diferentes.
Tener el calendario oficial delante antes de tomar decisiones laborales o de vivienda evita problemas innecesarios.
¿El primer destino es para siempre?
No necesariamente.
Conseguir plaza en un cuerpo no implica permanecer toda tu carrera profesional en el mismo puesto.
Una vez dentro de la Administración existen mecanismos de provisión de puestos y carrera profesional sometidos a sus propios requisitos. Tampoco debes interpretar esto como una garantía de que podrás regresar rápidamente a la provincia que prefieras.
Los plazos, puestos disponibles, concursos y demás posibilidades dependen de la Administración y de la normativa aplicable.
También puedes acceder posteriormente a otros cuerpos mediante promoción interna si cumples las condiciones exigidas. En Infoposiciones tenemos una guía específica sobre cómo funciona la promoción interna de funcionarios.
Qué debes mirar cuando publiquen la oferta de destinos
No ordenes los puestos únicamente por ciudad.
Antes de enviar tu solicitud comprueba, cuando esa información esté disponible:
- localidad y provincia;
- organismo y unidad de destino;
- características y requisitos del puesto;
- nivel y complementos que figuren en la oferta;
- jornada u otras condiciones específicas cuando se indiquen;
- número de puestos disponibles;
- instrucciones para presentar las preferencias;
- plazo de solicitud.
También debes comprobar si tienes que solicitar todos los destinos o un número mínimo y qué establece la resolución para el caso de que no obtengas ninguno de los puestos que has pedido voluntariamente.
Son cuestiones que puede regular expresamente cada oferta.
Una lista para no perder ningún trámite después de aprobar
Si acabas de conseguir plaza, puedes utilizar este orden de comprobación:
1. Localiza la resolución oficial de aprobados.
Comprueba que apareces en ella y cuál es tu puntuación u orden final.
2. Vuelve a leer las bases.
Busca los apartados sobre documentación, curso selectivo, prácticas, destinos y nombramiento.
3. Presenta la documentación dentro del plazo.
No confíes únicamente en avisos por correo electrónico.
4. Comprueba si queda alguna fase obligatoria.
Algunos procesos todavía incluyen curso selectivo o prácticas.
5. Espera la oferta oficial de destinos.
Una lista de plazas convocadas no sustituye a la relación de puestos que finalmente se ofrezca.
6. Ordena tus preferencias con cuidado.
Revisa cada puesto antes de enviar la solicitud.
7. Comprueba la adjudicación y el nombramiento.
Anota desde ese momento el plazo de toma de posesión.
8. Toma posesión en la forma indicada.
Ese trámite forma parte de los requisitos necesarios para adquirir la condición de funcionario de carrera.
La convocatoria sigue siendo la referencia principal
Hay una secuencia general que permite entender qué ocurre después de superar una oposición, pero los detalles importantes no pueden resolverse con una regla válida para todos los casos.
El destino concreto, los documentos que debes presentar, la posible existencia de prácticas, los plazos y la forma de solicitar puestos dependen del proceso.
Por eso, si acabas de conseguir plaza, consulta primero tu convocatoria y las resoluciones posteriores de tu órgano convocante.
Y si todavía estás en la fase anterior, comprueba qué significa exactamente el resultado que has obtenido. Haber superado uno o todos los exámenes no implica siempre conseguir una de las plazas disponibles. Nuestra guía sobre qué pasa si apruebas una oposición sin plaza explica esa situación y cuándo puede existir una bolsa de empleo.



